martes, 2 de abril de 2013

Declaración de renta 2013


Requisitos para presentar la declaración de renta 2013 de forma telemática

- Realizar la declaración utilizando el programa PADRE o cualquier otro programa homologado.

- Contar con un número de referencia, certificado o DNI electrónico.

- Si se trata de una declaración a ingresar y el pago no se encuentra domiciliado en una cuenta bancaria determinada, se requiere un ingreso de carácter inmediato.

- Cuando se trata de tributación conjunta, se exigirán los números de referencia de ambos cónyuges o los certificados o DNI electrónicos de los dos.


La presentación de la declaración de renta 2013 no se podrá presentar de forma telemática en los siguientes eventos:


  • Personas que no tienen su número de NIF en la base de datos de identificación de la Agencia Tributaria
  • Aquellos contribuyentes que se acogieron tributariamente al sistema de cuenta corriente
  • Las personas que deban adjuntar a sus declaraciones documentos o solicitudes de opciones no previstas en el modelo oficial de declaración.



Los plazos para la presentación telemática de la declaración de renta 2013 son los siguientes:

- Desde el miércoles 24 de abril hasta el luns 1 de julio de 2013: Sin domiciliación bancaria del ingreso
- Desde el miércoles 24 de abril hasta el miércoles 26 de junio de 2013: Con domiciliación bancaria del ingreso

Qué es la declaración de renta

¿Quiénes están obligados a declarar?

Están en la obligación de declarar todos los contribuyentes en general, o sea las personas físicas residentes en el territorio español, excepto quienes hayan percibido ingresos provenientes de:    

1. Rendimientos de trabajo personal no mayores a 22.000 euros al año. 

2. Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta.

3. Rentas inmobiliarias y subvenciones que tengan por objeto la adquisición o compra de viviendas de protección oficial.

No tendrán que presentar declaración quienes obtengan rendimientos del trabajo o ganancias patrimoniales que no superen los 1.000 euros.


Están en la obligación de presentar declaración usando modelo ordinario las siguientes personas:


  • Agricultores, ganaderos, empresarios, profesionales y en general todos los que desarrollen actividades económicas.
  • Personas que reciban rendimientos del capital mobiliario no sujetos a ingreso a cuenta.
  • Personas que hayan obtenido ganancias patrimoniales no sujetas a retención de cuenta y cualquier clase de subvención calificada como rendimiento de actividades económicas.
  • Aquellos contribuyentes con imputación de rentas inmobiliarias provenientes de una totalidad de más de 8 inmuebles.
  • Todos los contribuyentes perceptores de rendimientos que provengan del arrendamiento de bienes. 
  • Los herederos, socios o comuneros que pertenezcan a entidades en régimen de atribución de Rentas que desarrollen actividades económicas.